EDICTOS
La señora Jueza de 1° Inst. 2° Nom. C.C.C. y Flia. de Bell Ville (Sec. Nº 3), hace saber la Sentencia Nº 48 del 22/06/2026, en autos: “LOPEZ SUSANA MARIA - USUCAPION” (Expte. N° 12181457). Y VISTOS: .... Y CONSIDERANDO: .... RESUELVO: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión promovida a favor de la Sra. Susana María López y, en consecuencia, declarar adquirido, por prescripción el inmueble que se describe: a) Conforme plano de mensura de posesión confeccionado por el Ingeniero Civil José AMBROSIO TEGHILLO, visado por la Dirección Gral. de Catastro según Expte. 0033-124896/2021 con fecha 15/03/2022, se detalla como: “Inmueble ubicado en el Departamento UNION, Pedanía BELL VILLE, Municipalidad de BELL VILLE, Manzana Oficial 222, designado como LOTE 101 que se especifica como sigue: PARCELA de 4 lados, que partiendo del esquinero sureste, vértice C con ángulo de 89º 56' y rumbo suroeste hasta el vértice D mide 11,00 m (lado C-D) colindando con calle Vélez Sarsfield; desde el vértice D con ángulo de 88º 39' hasta el vértice A mide 26,01 m (lado D-A) colindando con parte de la parcela 16 de Silvia Mabel Gigena (M.F.R. 750135 - Cta. 36-03-0447397/1); desde el vértice A con ángulo de 91º 21' hasta el vértice B mide 10,35 m (lado A-B) colindando con parcela 13 de Elizabeth Monti (M.F.R. 932190 - Cta. 36-03- 0441405/6); desde el vértice B con ángulo de 90º 4' hasta el vértice inicial mide 26,00 m (lado B-C) colindando con parcela 36 de Franco David Brusa y Verónica Ayelen Brusa (M.F.R. 1459261 - Cta. 36-03-1555724/4); cerrando la figura con una SUPERFICIE de 277,53 m².” El inmueble se describe según títulos: “Lote de terreno, pte. de mayor sup. ubicado en la ciudad de Bell Ville, dpto. Unión, designado lote UNO, manzana DOSCIENTOS VEINTIDOS, mide 11 mts en su frente S., 10 mts, 35 cms en su c/fte N., 26 mts en costado E., y 26 mts 01 cms en costado O.; con sup de 277 mts., 55 dms. cdos.; y linda N., con Secundino Eduardo Accastello y Federico Alberto Haldemann; S. calle Vélez Sarsfield; E. lote 2 y al O. c/ de Vicente Vásquez. Dista 32 mts 25 cms de la esq. Formada por calles Vélez Sarsfield y Jujuy. Todo según plano: 38.571” (Matrícula N° 261.559). Afecta de forma total al lote Of. 1, ubicado en la Manzana 222, Lote 101, y se encuentra ubicado en calle VELEZ SARFIELD N°575 de la localidad de Bell Ville. Está empadronado en la cuenta 360315557255 y posee la Nomenclatura Catastral N° 3603040202024037. 2°) Inscribir el inmueble aludido, a nombre de Susana María López, argentina, DNI 12.533.928, nacida el día 30/01/1959, CUIT 27-12533928-5, casada en primeras nupcias con el señor Luis Ángel Balduini, DNI 10.394.097, CUIT 20-10394097-5, con domicilio en calle Vélez Sarsfield N° 575 de la ciudad de Bell Ville. Con tal fin, librar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación de edictos por el término de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el diario Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. 3°) Ordenar la cancelación en forma total de la medida ordenada por este Tribunal: Anotación LITIS D° 283 del 03/ 04/2023, sobre la matrícula 261.559, con tal fin, oficiar al Registro General de la Provincia, una vez firme la presente resolución. 4°) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata, el 31 de diciembre de 2013…. Protocolícese y hágase saber. Firmado: Dra. Guiguet Valeria Cecilia – Jueza.-------------------
Vence: 06/08’202

EDICTO - SENTENCIA N° 26
BELL VILLE, 27/05/2026.Y VISTOS: autos: ROLDAN, RAMON FELISARDO – USUCAPION EXPTE N° 6573865 Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I) Hacer lugar a la demanda de prescripción adquisitiva veinteañal en todas sus partes y en consecuencia declarar que el Sr. Ramón Felisardo Roldán, arg DNI 17.639.729, ha adquirido por prescripción adquisitiva, en fecha 18/07/1996, el inmueble objeto de la acción, de titularidad en un medio (1/2) del señor Alfredo Martínez y un medio (1/2) de la Sra. Sabina Pastora Fernández. Que dicho inmueble según plano de mensura y posesión que fue confeccionado por el Ing. Verón, y visado y aprobado por la D. G. C. 22/06/2017, N° de Expte 056300819517, que se describe: “Inmueble ubicado en el departamento Unión, Pedanía Bell Ville, Municipio de Ordóñez, calle 9, designado como Lote 100 de la Manzana 61, que corresponde a la siguiente descripción: Partiendo del vértice “1” con una dirección sureste, con un ángulo en dicho vértice de 90° 00´ y una distancia de 18,60 m llegamos al vértice “2”, a partir de 2, con un ángulo interno de 90° 00´, lado 2-3 de 50,00m a partir de “3” con un ángulo interno de 90° 00´ lado 3-4 de 18,60 m, a partir de “4”, con un ángulo interno de 90° 00´, lado 4- 1 de 50,00 m, encerrando una superficie de 930,00m2. Y linda con lado 1-2 con calle 9, lado 2-3 con Parc. 3 propiedad de Isabel Hipólita o Isabel Ibarra de Arce, MFR 244.906; lado 3-4 con Prc 16 de propiedad de Erico Celestino Vega, F° 8705 A° 1985 y con Parc. 19 propiedad de Margarita Nélida Testa, F° 20103 A° 1953”. Que se encuentra inscripto por ante el R. G. P. en Matrícula N° 870.445, Nom. catastral 36- 03-25-01-01-061-100 y DGR Nº de cuenta 360302931352. II) Publicar por edictos la presente sentencia por diez veces con intervalos regulares en un período de treinta días en el diario Boletín Oficial y en un diario local (art. 783 ter y 790 del CPCC). III) Ordenar al R. G. de la P. la protocolización del plano de mensura de posesión confeccionado por el Ing. M.Verón, y visado y aprobado por la D. G. C. 22/06/2017, Nº de Expte. 056300819517. IV) Oficiar al R.G.P y a la D:G.R, a los fines de la inscripción y registración del inmueble objeto de autos a nombre del usucapiente. V) Cancelar totalmente la PC Litis anotada en la matrícula Nº 870.445, Dto. Unión, medida que ingresó con el diario Nº 1543 del 29/10/2019. VI) Regular los honorarios profesionales del Dr. José L Bernasconi, en 20 JUS, lo que al día de la fecha equivale a la suma de pesos ochocientos ochenta y cuatro mil seiscientos ochenta y uno con veinte centavos ($884.681,20), con más los intereses dispuestos en considerando respectivo. Protocolícese, hágase saber y dese copia.fdo Sanches, Juez.--- Vence: 06/08/2026