
EDICTO
El JUZGADO EN LO CIV.COM.CONCILIACION 2A - SEC.3 DE LA CIUDAD BELL VILLE , Provincia de Córdoba, en los autos caratulados "Expediente: 14742212, LIUZO, DARIO CARLOS Y OTRO USUCAPION, cita y emplaza por el plazo de veinte (20) días contados a partir de la última publicación, para que comparezcan a estar a derecho y a tomar participación bajo apercibimiento de rebeldía, a a las SRAS. MARÍA ELVIRA JARA Y BLASCO Y A SUSANA VENTURA JARA Y BLASCO y/o a sus herederos y sucesores , juntamente con todos aquellos que se crean con derecho a usucapir el siguiente bien inmueble: Fracción ubicada en calle Bolívar n° 244 de la localidad de Laborde, Pedanía Ascasubi, Departamento Unión, designada como lote G de la manzana oficial 7, que se describe: Partiendo del vértice, con dirección Noroeste y ángulo interno en dicho vértice de se llega al vértice a una distancia de 10,00 m. A partir de 2, con ángulo interno de 90°00', lado 2-3 de 49,55 m; a partir de 3, con ángulo interno de 87°32', lado 3-4 de 10,01 m; a partir de 4, con ángulo interno de 92°28', lado 4-1 de 49,12 m; encerrando una superficie de 493,35 m2. Y linda: lado 1-2 con calle Bolívar; lado 2-3 con parcela 16,cuenta ° 36-04-1820422/9,M.F.R. 219574, Dario Carlos Liuzo, lado 3-4 con Resto de Parcela 15, Cuenta N° 36-04-1820423/7, MFR 1.514.611, María Elvira Jara y Blasco Susana Ventura Jara y Blasco; lado 4-1 con Parcela 14, Cuenta N° 36-04- 1820424/5, M.F.R. 1514611 (B1 PTO 8), María Elvira Jara y Blasco. Inscripto en el Registro General del a Provincia en la matrícula n° 1514611, bajo el Número de Cuenta de la Dirección General de Rentas 360418204237, NOMENCLATURA CATASTRAL: 3604200101018015. Inscripto a nombre de las demandadas, tal como se acredita con el respectivo certificado expedido por el registro General de la Propiedad. En los nombrados autos se ha dictado la siguiente resolución: BELL VILLE, 5/8/2026.- Téngase presente lo manifestado. Proveo a la demanda deducida con fecha 18/6/2026: Téngase por iniciada la presente demanda de usucapión a la que se le dará trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a las Sras. María Elvira Jara y Blasco y a Susana Ventura Jara y Blasco y/o a sus herederos y sucesores para que en el término de diez (10) días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley, debiendo ser citados al domicilio denunciado. Asimismo, cítese a las nombradas y/ o a sus herederos y sucesores y a quienes se consideren con derecho al inmueble en cuestión, para que en el plazo de veinte días (20) contados a partir de la última publicación (conf. art. 165 del CPC) comparezcan a estar a derecho. Con tal fin, publíquese los edictos del art. 783 del CPCC en el Boletín Oficial y diario de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. Cítese y emplácese a los colindantes del inmueble que se pretende usucapir en calidad de terceros interesados, a la Provincia de Córdoba, Municipalidad de Laborde, y a los que por derecho pudiere corresponder conforme lo previsto por el art. 784 del CPCC. Ofíciese a los efectos de la exhibición de edictos del art. 785 del CPCC y colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante la tramitación del juicio (art. 786 del CPCC). Notifíquese. Firmado electrónicamente por: Dr. GUIGUET, Valeria Cecilia, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA; NIEVA, Ana Laura, PROSECRETARIA LETRADA. CORRAL DE BUSTOS, 27/02/2026. Agréguese respuesta al oficio diligenciado que acompaña.Téngase presente. Proveyendo a la demanda de fecha 13/12/2024: Por iniciada la demanda de Usucapión en contra de Beatriz Luján Lazzarin, Mercedes del Carmen Lazzarin, Mirta Herminia Ángela Lazzarin, Lucía Massimino y Dina Teresa Spesia y/o sus Sucesores, y de todos los que se consideren con derecho al inmueble denunciado. Cítese y emplácese a la parte demandada y a todos aquellos que se consideren con (10) días, comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese con copia de la demanda y de la documentación presentada al efecto. Publíquense edictos por diez (10) veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta (30) días en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario físico o digital de mayor circulación en la ciudad o zona más próxima a la ubicación del inmueble (Corral de Bustos - Ifflinger) a libre elección de la parte actora, de conformidad al Acuerdo Reglamentario Número Veintinueve Serie “B” del 11/12/01; sin perjuicio de las notificaciones que correspondan ser dirigidas a los domicilios que surgen de los informes obrantes en autos de acuerdo a los artículos 783 y 783 ter del código de rito. Cítese a los colindantes del inmueble denunciado, siendo en este caso los señores Emiliano Cassina, la Sucesión indivisa de Amado Limonti, la Sucesión indivisa de Abel Alberto Urbani, Claudio Lucio Cozzi y Danilo Cassina, y a los que se consideren con derechos sobre el mismo para que tomen participación en su carácter de terceros interesados según los artículos 784 inciso 4 y 163 del Código de Procedimiento Civil y Comercial (CPCC). Cítese y emplácese a laProvincia de Córdoba en la persona del Señor Procurador del Tesoro, y a la Municipalidad de Corral de Bustos - Ifflinger en la figura del Señor Intendente Municipal, para que en el término de tres (3) días comparezcan a estar aderecho conforme al artículo 784 inciso 1 del CPCC. A los fines de la exhibición de los edictos, colóquese copia de los mismos en el edificio de la Municipalidad de Corral de Bustos durante un plazo de treinta (30) días, a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio conforme al artículo 785 del CPCC. Cumpliméntese con lo dispuesto por el artículo 786 del CPCC, bajo apercibimiento de ley, y en su mérito colóquese a costa del actor un cartel indicativo con las referencias necesarias del juicio en un lugar del inmueble que sea perfectamente visible desde su principal acceso, contando con la intervención del Oficial de Justicia de la Sede, a cuyo fin ofíciese, debiendo acreditarse en forma legal la existencia de dicho cartel mediante imágenes. Cumpliméntese asimismo con lo dispuesto por el artículo 1905 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio al Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba. Notifíquese. OFICINA: 27/02/2026. Firmado electrónicamente por: Dr. GOMEZ, Claudio Daniel, JUEZ DE RIMERA INSTANCIA; y Dra. CHIERASCO, Natalia Verónica, PROSECRETARIA LETRADA. Plazo de publicación: 10 días - Control Número: Nº 675508 - Arancel: Sin costo (s/c)
Vence el 25/10/2026

