Viernes 25 8 de Octubre del 2026
Bell Ville, Cba. - Argentina
Director: Luis A. Giletta - Bv. Figueroa Alcorta 39 - Tel/Fax: (3537) 482964 / 416789 - E-mail: luisgiletta@tribunabellville.com.ar - (C.P. 2550) Bell Ville
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EDICTO
El JUZGADO EN LO CIV.COM.CONCILIACION 2A - SEC.3 DE LA CIUDAD BELL VILLE , Provincia de Córdoba, en los autos caratulados "Expediente: 14742212, LIUZO, DARIO CARLOS Y OTRO USUCAPION, cita y emplaza por el plazo de veinte (20) días contados a partir de la última publicación, para que comparezcan a estar a derecho y a tomar participación bajo apercibimiento de rebeldía, a a las SRAS. MARÍA ELVIRA JARA Y BLASCO Y A SUSANA VENTURA JARA Y BLASCO y/o a sus herederos y sucesores , juntamente con todos aquellos que se crean con derecho a usucapir el siguiente bien inmueble: Fracción ubicada en calle Bolívar n° 244 de la localidad de Laborde, Pedanía Ascasubi, Departamento Unión, designada como lote G de la manzana oficial 7, que se describe: Partiendo del vértice, con dirección Noroeste y ángulo interno en dicho vértice de se llega al vértice a una distancia de 10,00 m. A partir de 2, con ángulo interno de 90°00', lado 2-3 de 49,55 m; a partir de 3, con ángulo interno de 87°32', lado 3-4 de 10,01 m; a partir de 4, con ángulo interno de 92°28', lado 4-1 de 49,12 m; encerrando una superficie de 493,35 m2. Y linda: lado 1-2 con calle Bolívar; lado 2-3 con parcela 16,cuenta ° 36-04-1820422/9,M.F.R. 219574, Dario Carlos Liuzo, lado 3-4 con Resto de Parcela 15, Cuenta N° 36-04-1820423/7, MFR 1.514.611, María Elvira Jara y Blasco Susana Ventura Jara y Blasco; lado 4-1 con Parcela 14, Cuenta N° 36-04- 1820424/5, M.F.R. 1514611 (B1 PTO 8), María Elvira Jara y Blasco. Inscripto en el Registro General del a Provincia en la matrícula n° 1514611, bajo el Número de Cuenta de la Dirección General de Rentas 360418204237, NOMENCLATURA CATASTRAL: 3604200101018015. Inscripto a nombre de las demandadas, tal como se acredita con el respectivo certificado expedido por el registro General de la Propiedad. En los nombrados autos se ha dictado la siguiente resolución: BELL VILLE, 5/8/2026.- Téngase presente lo manifestado. Proveo a la demanda deducida con fecha 18/6/2026: Téngase por iniciada la presente demanda de usucapión a la que se le dará trámite de juicio ordinario. Cítese y emplácese a las Sras. María Elvira Jara y Blasco y a Susana Ventura Jara y Blasco y/o a sus herederos y sucesores para que en el término de diez (10) días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley, debiendo ser citados al domicilio denunciado. Asimismo, cítese a las nombradas y/ o a sus herederos y sucesores y a quienes se consideren con derecho al inmueble en cuestión, para que en el plazo de veinte días (20) contados a partir de la última publicación (conf. art. 165 del CPC) comparezcan a estar a derecho. Con tal fin, publíquese los edictos del art. 783 del CPCC en el Boletín Oficial y diario de la localidad más próxima a la ubicación del inmueble. Cítese y emplácese a los colindantes del inmueble que se pretende usucapir en calidad de terceros interesados, a la Provincia de Córdoba, Municipalidad de Laborde, y a los que por derecho pudiere corresponder conforme lo previsto por el art. 784 del CPCC. Ofíciese a los efectos de la exhibición de edictos del art. 785 del CPCC y colocación de un cartel indicativo con referencias acerca de la existencia del presente juicio en el inmueble de que se trata, el que deberá ser mantenido a cargo del actor durante la tramitación del juicio (art. 786 del CPCC). Notifíquese. Firmado electrónicamente por: Dr. GUIGUET, Valeria Cecilia, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA; NIEVA, Ana Laura, PROSECRETARIA LETRADA. CORRAL DE BUSTOS, 27/02/2026. Agréguese respuesta al oficio diligenciado que acompaña.Téngase presente. Proveyendo a la demanda de fecha 13/12/2024: Por iniciada la demanda de Usucapión en contra de Beatriz Luján Lazzarin, Mercedes del Carmen Lazzarin, Mirta Herminia Ángela Lazzarin, Lucía Massimino y Dina Teresa Spesia y/o sus Sucesores, y de todos los que se consideren con derecho al inmueble denunciado. Cítese y emplácese a la parte demandada y a todos aquellos que se consideren con (10) días, comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de rebeldía. Notifíquese con copia de la demanda y de la documentación presentada al efecto. Publíquense edictos por diez (10) veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta (30) días en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Diario físico o digital de mayor circulación en la ciudad o zona más próxima a la ubicación del inmueble (Corral de Bustos - Ifflinger) a libre elección de la parte actora, de conformidad al Acuerdo Reglamentario Número Veintinueve Serie “B” del 11/12/01; sin perjuicio de las notificaciones que correspondan ser dirigidas a los domicilios que surgen de los informes obrantes en autos de acuerdo a los artículos 783 y 783 ter del código de rito. Cítese a los colindantes del inmueble denunciado, siendo en este caso los señores Emiliano Cassina, la Sucesión indivisa de Amado Limonti, la Sucesión indivisa de Abel Alberto Urbani, Claudio Lucio Cozzi y Danilo Cassina, y a los que se consideren con derechos sobre el mismo para que tomen participación en su carácter de terceros interesados según los artículos 784 inciso 4 y 163 del Código de Procedimiento Civil y Comercial (CPCC). Cítese y emplácese a laProvincia de Córdoba en la persona del Señor Procurador del Tesoro, y a la Municipalidad de Corral de Bustos - Ifflinger en la figura del Señor Intendente Municipal, para que en el término de tres (3) días comparezcan a estar aderecho conforme al artículo 784 inciso 1 del CPCC. A los fines de la exhibición de los edictos, colóquese copia de los mismos en el edificio de la Municipalidad de Corral de Bustos durante un plazo de treinta (30) días, a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio conforme al artículo 785 del CPCC. Cumpliméntese con lo dispuesto por el artículo 786 del CPCC, bajo apercibimiento de ley, y en su mérito colóquese a costa del actor un cartel indicativo con las referencias necesarias del juicio en un lugar del inmueble que sea perfectamente visible desde su principal acceso, contando con la intervención del Oficial de Justicia de la Sede, a cuyo fin ofíciese, debiendo acreditarse en forma legal la existencia de dicho cartel mediante imágenes. Cumpliméntese asimismo con lo dispuesto por el artículo 1905 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), a cuyo fin líbrese el correspondiente oficio al Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba. Notifíquese. OFICINA: 27/02/2026. Firmado electrónicamente por: Dr. GOMEZ, Claudio Daniel, JUEZ DE RIMERA INSTANCIA; y Dra. CHIERASCO, Natalia Verónica, PROSECRETARIA LETRADA. Plazo de publicación: 10 días - Control Número: Nº 675508 - Arancel: Sin costo (s/c) Vence el 25/10/2026

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EDICTO
El Sr. Juez de 1 Inst. 2 Nom. CCCF de Marcos Juárez, Dr. Edgar Amigó Aliaga, secretaría de la Dra. Rabanal María de los Angeles, en los autos “ SAC: 14849221 - ARGUELLO, HORACIO MANUEL – USUCAPION” hace saber que por ante su Tribunal a cargo el Sr. Horacio Manuel Arguello DNI 13.150.333 ha iniciado juicio de usucapión respecto del inmueble ubicado en calle Tucumán 313 de la ciudad de Marcos Juárez (Cba) , inscripto en Rentas: 190200885442; nomenclatura catastral: 1902200101051011 y Registro General de la Propiedad: Mat. 1774861. La primera publicación edictal en el Boletín Oficial de la Prov. de Córdoba fue el día 31/08/2026, siendo la última publicación el 19/10/26. Vence: 01/10/2026

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EDICTO
El Juzg.de 1°Inst. 2°Nom.Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Bell Ville, Sec,N°3, en los autos caratulados:”VALENTIN MARIA CARLOTAUSUCAPION- Expte. 6638304, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA NUMERO: 66. BELL VILLE, 31/8/2026. Y VISTOS: ...Y CONSIDERANDO:.... RESUELVO: 1°) Hacer lugar a la demanda de usucapión opor tunamente promovida, a favor de María Carlota VALENTIN, DNI N° 13.647.559; y en consecuencia, declarar adquirido, por prescripción el inmueble que se describe: a) Según plano de mensura y posesión: confeccionado por el Ing. Civil, Adrián Flavio Briner, Mat. 4704, visado por la Dirección General de Catastro en expediente número 36-2- 7347/2016 del día 04/10/2016: “Inmueble ubicado en Departamento UNION, Pedanía BELL VILLE, ubicada en la ciudad de BELL VILLE, designado como Lote 21, que responde a la siguiente descripción: Partiendo del vértice "D" con una dirección Nor-Este, con un ángulo interno en dicho vértice de 89o17' y una distancia, lado DA de 129,84 m llegamos al vértice "A"; a partir de A, con un ángulo interno de 90o31', lado A-B de 128,15 m; a partir de B, con un ángulo interno de 89o42', lado B-C de 129,38 m; a partir de C, con un ángulo interno de 90o30', lado C-D de 128,64 m; encerrando una superficie de 16640,62 m2. Y linda con: el lado D-A con calle Independencia y Espacio Verde; el lado A-B con la parcela 2 de Adolfo Andrés López y Francisca Nilda Sosa, Matricula 765935, Cuenta N° 36-03-1679270/3 y con resto de la Parcela 1 de María Carlota Valentín y Justina Gilpin, Matricula N° 1.599.404, Cuenta N° 36-03-0205521/8; el lado B-C con resto de la Parcela 1 María Carlota Valentín y Justina Gilpin, Matricula N° 1.599.404, Cuenta N° 36-03- 0205521/ 8 y el lado C-D con la Parcela 100 de Agualuc S.R.L., Matricula N° 1.877.442, Cuenta N° 36-03- 4366998/1”. b) Conforme a títulos se describe de la siguiente forma: “Fracción de terreno con sus mejoras, ubicada en la ciudad de Bell Ville, Departamento Unión, que mide en cada uno de sus cuatro costados ciento treinta metros, cinco milímetros o sea una superficie total de 16.901,30 m2 y linda: por el Norte con de Gregorio S. Ortiz, por el Sud y Este con de sucesores de Telesforo Sturla y por el Oeste con de Carlomagno Hermanos” (Matricula 1.599.404). Se deja constancia que la presente demanda afecta la proporción equivalente a un 1/8. El inmueble se encuentra empadronado en la Cuenta N° 36- 03-4141539-6, Nomenclatura Catastral N° 3603040204077021. Departamento: Unión. Pedanía: Bell Ville. Municipio: Bell Ville. Calle y número: Abdón González. Lote 21. Todo lo mencionado precedentemente, surge del Certificado de Subsistencia Parcelaria de la Dirección General e Catastro. 2°) Inscribir la proporción del inmueble aludido (1/8) a nombre de María Carlota Valentin, argentina, DNI N° 13.647.559, fecha de nacimiento 22/06/1957, nacionalidad argentina, estado civil, casada en primeras nupcias con el Sr. Carlos Alberto Ambrogio, con domicilio real en Abdón González 600, de la ciudad Bell Ville de la Provincia de Córdoba. Con tal fin, librar oficio al Registro General de la Provincia, previa publicación de edictos por el término de diez veces, a intervalos regulares dentro de un período de treinta días en el diario Boletín Oficial de la Provincia y en otro diario de circulación en esta ciudad, a los efectos de notificar la presente sentencia, conforme lo prescripto por el art. 790 del CPCC. 3°) Ordenar la cancelación en forma total de la medida ordenada por este Tribunal: Anotación del diario D°914 del 14/ 09/2022, registrada sobre la Matrícula N° 1.599.404; con tal fin, oficiar al Registro General de la Provincia, una vez firme la presente resolución. 4°) Fijar como fecha en la cual se cumplió el plazo de prescripción y se produjo la adquisición del derecho real del inmueble de que se trata, el 22 de febrero de 2021. 5°) Costas a cargo de la parte actora. 6°) Regular los honorarios profesionales de las Dras. Ana Silvia Ruiz O’Neill y Ana María Luzzi (en conjunto y proporción de ley), por las tareas realizadas en la presente causa, en la suma equivalente a 54.05 JUS –hoy $2.589.939,45-, los que estarán a cargo de la parte actora. A dicho importe debe adicionársele los intereses establecidos en el considerando pertinente, más IVA en caso de corresponder al momento de su percepción. Protocolicese y hágase saber.Firmado: GUIGUET Valeria Ceci-ia. Juez. Vence: 05/11(2026

 

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